Las personas con discapacidad tienen derecho a viajar de forma gratuita en todos los servicios de transporte controlados por el Estado argentino: La Ley Nº 22.431, reglamentada por el Decreto Nº 38 el 9 de enero de 2004, con las modificaciones realizadas por las Leyes N° 24.314 y N° 25.635, establece que las empresas de transporte colectivo terrestre sometidas al contralor de autoridad nacional deben transportar de manera gratuita a las personas con discapacidad en el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier índole que tiendan a favorecer su plena inclusión social. La franquicia es extensiva a un acompañante en caso de necesidad documentada.
Dicha Ley establece que el Certificado Único de Discapacidad (CUD) será el documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre, siendo necesaria la sola presentación del mismo con el documento nacional de identidad (DNI).
Desde el 2 de mayo de 2018, las personas con discapacidad pueden acceder al Transporte Público Gratuito solamente con la presentación del Certificado de Discapacidad vigente, no siendo necesaria su legalización. El nuevo CUD tiene un troquel que es el que se presenta en el colectivo, debiendo ser original. Si la persona pierde el troquel, puede usar el cuerpo del CUD. El cuerpo del CUD y el troquel tienen la misma validez, dado que en ambos se encuentra el código de barras y el número de certificado como datos de veracidad, por lo que en caso de pérdida o extravío del troquel, puede realizar cualquier trámite con el cuerpo del Certificado-CUD.
Como aún sigue vigente el CUD anterior, surgen las confusiones. Dicho pase consta de la copia legalizada del CUD reducido, de un lado, y el DNI del otro.
Los medios de transporte en los que el viaje es gratuito son los siguientes:
- Colectivos de la Región Metropolitana: líneas 1 a 199.
- Trenes de la Región Metropolitana.
- Colectivos de media y larga distancia.
- No se incluyen a las líneas de colectivo interurbanas provinciales.
Para cada provincia debe tramitarse un pase regional. Por ejemplo, el de Provincia de Buenos Aires es de color verde, para los colectivos de la línea 200 en adelante.
Nadie puede hacer bajar a una persona con discapacidad del transporte público por ningún motivo. En caso de que esto suceda o haya algún inconveniente, debe hacerse la denuncia en la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT): 0800 333 0300 de lunes a viernes de 9.30 a 16.30, o personalmente en Maipú 88, piso nº 7.
En caso de pérdida o extravío del cuerpo del certificado o del certificado completo, dirigirse a la Agencia Nacional de Discapacidad (Ex Servicio Nacional de Rehabilitación), ingresando a www.argentina.gob.ar/cud o llamando al 0800-555-3472.
Para otros trámites, presentarse en la sede de CNRT de la Terminal de Ómnibus de Retiro -oficina cero- (av. Antártida Argentina y calle 10, CABA).